La Junta Electoral rechazó la lista Celeste y Blanca y De Aparici queda a un paso

INTERNAS EN EL PJ JUJEÑO

Carlos De Aparici

Carlos De Aparici

La interna del Partido Justicialista (PJ) Distrito Jujuy dio un giro determinante que modifica por completo el escenario político previsto para las elecciones partidarias del próximo 30 de agosto. La Junta Electoral resolvió rechazar la solicitud de oficialización de la Lista N° 2 "Celeste y Blanca", encabezada por el diputado provincial Rubén Rivarola, al detectar graves irregularidades en la documentación presentada durante el proceso de oficialización de candidaturas.

La resolución representa un duro revés para el histórico dirigente justicialista y altera de manera sustancial el proceso interno, ya que, al quedar fuera de competencia la única lista opositora, la nómina "Generación Valiente", encabezada por Carlos De Aparici, queda en condiciones de asumir la conducción formal del PJ jujeño sin necesidad de disputar las elecciones en las urnas.

Una resolución de fuerte impacto institucional

La decisión adoptada por la Junta Electoral no se limitó a señalar meras observaciones administrativas. Por el contrario, el órgano partidario concluyó que las inconsistencias detectadas tanto en la documentación física como en los archivos digitales entregados por los apoderados de la Lista N° 2 poseen un carácter "sustancial e insubsanable".

Según se desprende de la resolución, las irregularidades no podían ser corregidas debido a que los plazos previstos por el cronograma electoral ya habían expirado. En consecuencia, cualquier intento posterior de incorporar documentación complementaria fue considerado extemporáneo y jurídicamente improcedente.

El fallo sostiene que la normativa electoral interna establece plazos perentorios cuyo vencimiento impide abrir instancias de subsanación posteriores, preservando así el principio de igualdad entre todas las listas participantes.

La Junta advirtió una posible intención defraudatoria

Uno de los aspectos más relevantes del pronunciamiento es el tenor de las consideraciones realizadas por la Junta Electoral respecto de las inconsistencias detectadas.

Lejos de calificarlas como errores formales, la resolución señala que la reiteración y naturaleza de las anomalías permitirían inferir una eventual "intención defraudatoria de la fe electoral", orientada a obtener ventajas indebidas dentro del proceso interno del partido.

Esa afirmación eleva considerablemente la gravedad institucional del caso, ya que deja de circunscribirse al ámbito estrictamente partidario para proyectarse hacia una eventual investigación judicial.

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