Ley 6387 protege al águila poma y prohibe su captura, destrucción de crías y nidos

ESTA AVE HA SIDO DECLARADA MONUMENTO NATURAL PROVINCIAL

A partir de un proyecto elaborado por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, la Legislatura de Jujuy declaró al Águila Poma (Spizaetus isidori) como Monumento Natural Provincial, con el propósito de garantizar la protección y conservación de la especie, promover su conocimiento científico, estimular la educación ambiental, y asegurar su supervivencia para el futuro. Se trata de una iniciativa que cuenta además con aportes del sector académico, especialistas e investigadores de esta especie de ave.

Surge a partir de la preocupación por la amenaza que sufre la especie, que se encuentra en riesgo (BirdLife International 2023), incluida en la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) y considerada en peligro de extinción según los informes del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y de Aves Argentinas del año 2017.

En ese marco, la Ley N° 6.387 establece la creación del "Programa Provincial de Protección y Conservación del Águila Poma", para la realización de acciones, planes de manejo y estrategias necesarias para proteger, conservar y aumentar el número de ejemplares vivos de la especie, en su hábitat natural dentro del territorio provincial.

Según manifestó la directora de Biodiversidad y Áreas Protegidas, Malvina Quintana, "se trata de un nuevo hito para la provincia, que da cuenta del enorme compromiso en materia de conservación de la biodiversidad".

Luego de reconocer y destacar el trabajo de la cámara de diputados par la sanción de la ley, la funcionaria celebró en el recinto de la Legislatura la declaración y explicó que será el propio ministerio de Ambiente y Cambio Climático la autoridad de aplicación de la Ley; y la institución responsable de dictar las normas reglamentarias y operativas necesarias para su ejecución y cumplimiento. Precisó igualmente que esta ley, que se complementa con otras que prohíben la caza y pesca, y aseguran el resguardo de la biodiversidad.

En otro orden, la directora a cargo del área de Biodiversidad de la provincia, precisó que con esta ley queda terminantemente prohibida "la captura, persecución, tenencia, traslado y/o comercialización del Águila Poma; el apoderamiento o destrucción de sus crías o guaridas de sus despojos o elementos elaborados con éstos o cualquier otra manifestación o aprovechamiento; como así también, el uso de cebos tóxicos que pongan en peligro la supervivencia de la especie"

Cualquier transgresión o violación de la Ley, serán sancionados y las sumas percibidas en concepto de multas o sanciones, tendrán como destino al Centro de Atención de la Fauna Autóctona de Jujuy (Cafaju) para campañas de divulgación.

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