Ley Nº 6.187 prohibe uso de pirotecnia sonora

La ley prevé multas elevadas y otras sanciones

Bajo la consigna que expresa "Viví, disfrutá, contemplá y celebrá sustentablemente", el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Jujuy lleva adelante una campaña de sensibilización sobre los daños que causa en personas y animales la pirotecnia sonora. En este marco, desde esa cartera ministerial recordaron la vigencia de la Ley Nº 6187, que prohibe el uso de pirotecnia sonora.

Señalaron que "los fuegos artificiales provocan en los animales domésticos estrés, temor, aturdimiento, falta de aire, desorientación y pérdida de control, entre otros problemas" y luego pusieron en relieve que en la provincia de Jujuy, el uso de pirotecnia sonora está prohibido mediante la Ley Nº 6.187, que prevé importantes multas para quienes la incumplan.

"Todos y todas debemos colaborar para detener su utilización"k, remarcaron e instaron a la población a que "en estas fiestas de fin de año no se use pirotecnia". El llamado a respetar lo que establece la Ley Nº 6187 y evitar el uso de pirotecnia sonora, sostiene que la medida hace bien a las personas con Trastorno del Espectro Autista y otros tipos de afectaciones a la salud.

También remarca que el no uso de pirotecnia evita que los animales sufran de taquicardia, temblores y desorientación y señala que también afecta a la flora y fauna silvestre nativa.

Pide unir esfuerzos por la conservación del ambiente del que formamos parte y reitera que debe darse efectivo cumplimiento a la ley Nº 6.187, denominada "Pirotecnia Sonora Cero", que regula la venta, uso y tenencia de pirotecnia.

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