Con fallo dividido, la Corte Suprema de Santa Fe declaró ilegal el tope a las jubilaciones de privilegio

La decisión generó debate porque la medida también alcanza a los propios magistrados del máximo tribunal.

Buenos Aires, 7 agosto (NA) – La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones de los estatales locales, en un fallo de trascendencia institucional, política y también económica y que generó una reacción del Poder Ejecutivo provincial. Además, aprobó los aportes solidarios que, a partir del mes de septiembre, dejarán de ser aplicados tanto para los activos como para los pasivos.

Según supo la Agencia Noticias Argentinas, respecto de este último tema, la resolución fue que los demandantes cuentan con 30 días para poder adecuar su pretensión presentándose ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

De esta forma, la decisión dividida sienta un precedente clave en Santa Fe para la normativa que alcanza tanto a los trabajadores activos como a los pasivos.

LA RESPUESTA DEL GOBIERNO DE PULLARO El Gobierno de Maximiliano Pullaro reaccionó de inmediato a través del secretario de Seguridad Social, Jorge Boasso, quien mostró disconformidad con los fallos, que fueron cuatro a tres. Al respecto, dijeron que “podemos decir que es una sentencia que en la facultad debería enseñarse como lo que no se debe hacer. Es injusta; es una sentencia donde los jueces no tuvieron prurito, ni aplicaron principios de ética ni moral porque fallaron en causa propia. Cuatro ministros de los 7 fallaron por sus intereses personales”.

El gobierno local impulsará una estrategia jurídica, la cual será definida por la Fiscalía de Estado y el gobernador, según trascendidos. Asimismo, el funcionario Boasso dijo que no es inapelable, sino más bien recurrible.

De tal forma, el secretario también marcó una diferencia argumentando que el fallo tuvo mayoría a favor de la inconstitucionalidad del tope y “que los alcanza a ellos” y sostuvo que el tema de los aportes lo enviaron al Contencioso Administrativo “con un juicio ordinario que puede durar cuatro años seguro” y se preguntó “¿por qué no enviaron también el tope al Contencioso?”.

¿A QUÉ RESPONDE EL FALLO DEL MÁXIMO TRIBUNAL? El fallo del máximo Tribunal de Santa Fe brindó respuesta a las demandas que fueron presentadas por diferentes ámbitos. En cuanto al tope de las jubilaciones, la moción fue presentada por la camarista penal Elena Virginia Ramón.

En tanto que, respecto de la Ley de Emergencia Previsional de la provincia de Santa Fe, que establecía que el límite sería equivalente a 20 jubilaciones mínimas, lo cual impedía que cualquier persona en estado pasivo llegara a ganar por encima de tal monto. Previo a la norma, las jubilaciones más altas estaban por encima de las mínimas hasta en 30 veces, lo cual generaba significativa distancia entre ambas.

Por eso, ante los reclamos por esto la Corte santafesina declaró inconstitucional el tope fijado por ley. Este funcionaba como restricción a la movilidad de los haberes de los jueces, así como también de los integrantes del Poder Judicial de la provincia.

Por otro lado, el aporte solidario recibió el cuestionamiento de la docente jubilada Gladys Noemí Lisi, ya que es un recorte que se le aplica a los salarios de las personas en actividad, como a los haberes de los pasivos con el objeto de bajar el déficit de la Caja de Jubilaciones. Por eso, el máximo tribunal consideró que el amparo no era el camino que correspondía y le dio la orden a las personas que elevaron el reclamo de que vayan en un plazo de 30 días al fuero contencioso administrativo.

Agencia NA

FUENTE:AGENCIA NOTICIAS ARGENTINAS

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