La reforma incluida en el Presupuesto permite renegociar deuda sin que haya mejoras de plazos, intereses o capital
Buenos Aires, 29 diciembre (NA). El Gobierno Nacional podrá en el 2026 renegociar la deuda pública o realizar cualquier canje sin las limitaciones que establecen la leyes vigente, que obligan a conseguir una mejora de las tasas de interés, una reducción de capital y extensión de los plazos, según se desprende del Presupuesto aprobado el viernes pasado.
La iniciativa que será promulgada promulgará en los próximos días por el Poder Ejecutivo establece en sus artículos 55 y 56 modificaciones de la ley de Administración Financiera, para poder encarar las negociaciones con mayor flexibilidad para reestructurar sus pasivos, según supo la Agencia Noticias Argentinas La discusión de esos artículos en el Congreso Nacional no estuvieron en el centro del debate que estuvo monopolizado en diputados por la inclusión de la derogación de las leyes de Discapacidad y Universidades que estuvo plasmado en el capitulo XI que quedó eliminado y en el Senado por el articulo 30 que eliminó los pisos de financiamiento de la educación y la ciencia que si quedaron en el Presupuesto.
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En cambio, el tema de la deuda no tuvo un gran despliego en el debate y solo fue criticado por el jefe del bloque peronista del Senado, José Mayans, y la legisladora kirchnerista Juliano Di Tullio.
El articulo 56 del Presupuesto establece que se modifica el articulo 55 de la ley complementaria de Presupuesto donde se faculta al ministerio de Economía a realizar "operaciones de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las exprese. Estas operaciones podrán incluir la compra, venta, canje de instrumentos financieros, tales como bonos o acciones, pases de monedas, tasas de interés o títulos, la compra y venta de opciones sobre instrumentos financieros y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados. Estas transacciones podrán realizarse a través de entidades creadas “ad hoc”.
La Oficina de Presupuesto evaluó en un informe que “La diferencia principal entre el nuevo articulado y el previamente vigente es que ya no se incluye dentro de las operaciones facultadas la de reestructuración de la deuda pública en el marco del Artículo 65 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional 24.156 y sus modificaciones ” “En el nuevo artículo únicamente se les autoriza a la compra, venta y/o canje de instrumentos financieros, tales como bonos o acciones, pases de monedas, tasas de interés o títulos; la compra y venta de opciones sobre instrumentos financieros y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados y a realizar operaciones de cesión y/o disposición de créditos contra particulares provenientes de créditos devengados o facilidades de pago de deudas fiscales”, agrega la OPC El artículo 65 de la ley de Administración Financiera establece que el Gobierno “podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados en los términos de los artículos 62 y 64 mediante su consolidación, conversión o renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales”.
Con esta reforma, Caputo podrá afrontar una negociación de la deuda y de los pasivos en un año que estará condicionado por fuertes pagos que debe afrontar la Argentina teniendo mayor flexibilidad para renegociar sus pasivos.
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FUENTE:AGENCIA NOTICIAS ARGENTINAS