La magistrada tomó la decisión porque las muestras de ADN de Marcela y Felipe Herrera de Noble dieron negativo con las muestras que hay en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) de familiares de personas desaparecidas y porque en la causa no hay más medidas de prueba por realizar.
No puede soslayarse el carácter dirimente que ostenta el estudio de ADN de cara a corroborar o descartar la hipótesis delictiva, sostuvo Arroyo Salgado en el fallo dictado el 30 de diciembre pasado y en el que agregó que la investigación se encuentra agotada y no se advierte pendiente de producción ninguna medida útil.