Casación ratificó prórrogas de prisión preventiva a represores Brunello y “Chispa” Sánchez

Casación ratificó la prórroga de prisión preventiva para los represores Brunello (Bahía Blanca) y “Chispa” Sánchez (ESMA), sosteniendo el estándar “Acosta”.

Buenos Aires, 20 de noviembre (NA) – La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la prórroga de la prisión preventiva del militar Roberto Carlos Brunello, juzgado en el megajuicio de Bahía Blanca, y del ex prefecto Gonzalo “Chispa” Sánchez, imputado en la megacausa ESMA, y sostuvo el estándar fijado en el precedente “Acosta” para los casos de lesa humanidad, en contraste con el reciente y polémico fallo “Castillo” de la Corte Suprema.

Según supo la Agencia Noticias Argentinas, el tribunal, integrado por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci, avaló las decisiones del Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca y del Tribunal Oral Federal Nº 5 de la Ciudad de Buenos Aires al considerar que persisten los riesgos procesales que justifican mantener la medida cautelar.

LOS IMPUTADOS Y LA GRAVEDAD DE LOS HECHOS Brunello, quien permaneció prófugo durante ocho años, es juzgado por secuestros, torturas y abusos sexuales cometidos en el Batallón de Comunicaciones 181, en el marco de la megacausa “Vto. Cuerpo del Ejército”, un proceso que supera las 150 audiencias y alcanza más de 300 víctimas.

En tanto, Sánchez eludió durante catorce años su juzgamiento en la megacausa ESMA hasta ser capturado y extraditado desde Brasil. Está siendo juzgado como integrante del Grupo de Tareas 3.3.2 por 203 hechos de privación ilegal de la libertad agravada.

FUNDAMENTOS Y DEBER REFORZADO DEL ESTADO En el voto principal, la jueza Ledesma sostuvo que las prórrogas se ajustan a la doctrina del fallo “Acosta” y subrayó la gravedad y complejidad de los hechos investigados. Señaló además que la conducta previa de los imputados evidencia riesgo de fuga, dada la prolongada condición de prófugos y los medios con los que contarían para eludir a la Justicia.

El juez Slokar remarcó que los tribunales de juicio fundamentaron adecuadamente la continuidad de las prisiones preventivas y recordó que, en procesos por crímenes de lesa humanidad, el Estado tiene un deber reforzado de garantizar la sujeción de los imputados para evitar riesgos de impunidad y asegurar verdad, justicia y reparación.

Asimismo, el magistrado advirtió que retroceder respecto de la doctrina consolidada podría comprometer internacionalmente al Estado argentino y rechazó cualquier intento de reinstalar criterios que ya fueron desestimados en precedentes como “Muiña”, sobre el beneficio del 2x1, o “Radice”, vinculado a medidas cautelares para cómplices civiles de la represión ilegal.

El fallo reafirmó que la continuidad del proceso y la aplicación de medidas para garantizar la comparecencia de los imputados resultan imprescindibles para sostener la política de Estado en materia de juzgamiento de delitos de lesa humanidad y evitar nuevos escenarios de impunidad.

FUENTE:AGENCIA NOTICIAS ARGENTINAS

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