Explicación de un contador: ¿Cómo saber si te va a retener Ingresos Brutos la billetera virtual en octubre?

Con la nueva normativa, las acreditaciones pueden sufrir retenciones de hasta el 5%. Cómo chequear si estás afectado y quiénes quedan exentos del impuesto.

A partir de este mes de octubre, las acreditaciones de dinero en billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá o Naranja X pueden ser alcanzadas por una retención del Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB), con alícuotas que pueden llegar hasta el 5%. Sin embargo, no todos los usuarios se verán afectados. Según supo Noticias Argentinas a través del portal especializado Contadores en Red, existe una forma sencilla de verificar si te corresponde o no esta retención.

PASO A PASO: CÓMO SABER SI TE VAN A RETENER IIBB Para evitar sorpresas, cualquier usuario puede verificar si está incluido en el listado de personas sujetas a retención. El procedimiento es simple y online: 1. Ingresá al padrón oficial: Tenés que acceder al sitio web www.ca.gob.ar/sircupa.

2. Consultá con tu CUIT: Dentro del sitio, ingresando tu número de CUIT, podrás saber si estás incluido en el padrón de contribuyentes a los que se les aplicará la retención.

Es fundamental realizar este control todos los meses, ya que el padrón se actualiza mensualmente. Un dato clave a tener en cuenta es que si la titularidad de la cuenta es compartida, y uno de los titulares está incluido en el padrón, todos los importes que se depositen en esa cuenta sufrirán la retención.

¿QUIÉNES NO SUFRIRÁN LA RETENCIÓN? La normativa (RN 25/2025) establece una serie de excepciones. No se te aplicará la retención si te encontrás en alguna de estas situaciones: * Monotributistas de Ingresos Brutos: Si estás inscripto en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la provincia de Buenos Aires.

* Exentos en IIBB: Si todas tus actividades están exentas del pago de este impuesto.

* Actividades no alcanzadas: Si desarrollás exclusivamente actividades que no están alcanzadas por Ingresos Brutos.

* Sectores específicos: Ciertas actividades como la comercialización de billetes de lotería, tabaco, combustibles, operaciones de entidades financieras, compañías de seguros e intermediarios (comisionistas, corredores, etc.) también quedan fuera del régimen.

OPERACIONES QUE NO SUFREN RETENCIÓN (AUNQUE ESTÉS EN EL PADRÓN) Incluso si estás en el padrón, no todos los movimientos de dinero serán retenidos. Quedan excluidas las siguientes acreditaciones: * Ingresos laborales y sociales: Sueldos, jubilaciones, pensiones, préstamos del empleador, AUH, planes sociales, becas, tarjeta Alimentar, etc.

* Transferencias entre cuentas propias.

* Devoluciones: Reintegros de IVA, devoluciones por promociones de la propia billetera o por el "botón de arrepentimiento".

* Inversiones: Rescates de fondos comunes de inversión o vencimientos de plazos fijos del mismo titular.

* Operaciones con el exterior: Cobros por exportaciones.

FUENTE:AGENCIA NOTICIAS ARGENTINAS

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