Las infracciones tienen distintas fechas de vencimiento según la jurisdicción. Todos los detalles.
La multas de tránsito en Argentina no son para siempre: caducan cada cierto tiempo según la jurisdicción, y si bien la máxima autoridad de aplicación es la Ley Nacional de Tránsito, cada provincia tiene la autonomía necesaria para aplicar la propia normativa que considere.
En consecuencia, a lo largo y ancho de todo el territorio nacional, puede llegar a haber plazos diferentes y procedimientos particulares para el cobro o la caducidad de las infracciones, según el distrito en el que esté radicado el controlador que emitió la multa.
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Para verificar si existe alguna infracción de tránsito, se puede hacer la consulta a nivel local en cada jurisdicción. Sin embargo, también se puede acceder a un servicio nacional que ofrece el Gobierno: el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT), al cual se puede ingresar de forma gratuita y online ingresado solamente el número de DNI.
¿QUÉ SIGNIFICA QUE UNA MULTA DE TRÁNSITO PRESCRIBA? La prescripción de una multa de tránsito implica que, pasado un determinado período sin que la infracción haya sido cobrada o reclamada judicialmente, pierde validez legal y no puede ser exigida por el Estado.
Según el artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 las infracciones prescriben a los 2 años si se trata de faltas leves y a los 5 años en caso de las faltas graves. Igualmente, y cómo se mencionó, cada provincia tiene una reglamentación particular para este tipo de casos, que se detalla a continuación.
PRESCRIPCIÓN DE LAS MULTAS DE TRÁNSITO, PROVINCIA POR PROVINCIA En la Argentina las multas varían según la jurisdicción. A continuación se reproduce una guía completa sobre la prescripción de las infracciones de tránsito en el territorio nacional, provincia por provincia: ProvinciaFaltas levesFaltas GravesBuenos Aires2 años 5 años Ciudad de Buenos Aires5 años 5 años Córdoba 3 años (todas)3 años (todas)Mendoza 2 años 3 a 4 años Neuquén 3 años (todas)3 años (todas)Santa Fe2 años 5 años Entre Ríos 5 años (todas)5 años (todas)Chubut 6 meses a dos años6 meses a dos añosTucumán 2 años 5 años Corrientes 2 años (todas)2 años (todas)Catamarca 2 años Entre 3 y 4 añosFormosa 1 año2 años Jujuy 5 años 5 años La Pampa 5 años 5 años Misiones 5 años 5 años Río Negro 5 años 5 años Salta 5 años 5 añosSan Juan 2 años 2 años San Luis 5 años5 años Santa Cruz 2 años 5 años Santiago del Estero 2 años 5 años Tierra del Fuego 2 años 5 años ¿EN QUÉ CASOS NO PRESCRIBEN LAS MULTAS DE TRÁNSITO? Si una multa de tránsito ya prescribió, la persona interesada debe reunir la documentación necesaria, como el comprobante de la infracción, su DNI y cualquier otro respaldo relacionado. Luego, debe comunicarse con el juzgado de faltas correspondiente a su jurisdicción, ya sea de forma presencial o a través del sitio web oficial. Una vez iniciado el trámite, puede solicitar formalmente la baja de la multa por prescripción, acreditando que se cumplió el plazo legal sin que se haya iniciado un proceso de cobro o judicialización.
Igualmente, y aunque pase un período de tiempo, hay situaciones en las que las multas no caducan: * Cuando se comete una nueva infracción grave, el contador se reinicia.
* Si la multa se judicializa o inicia un proceso de cobro, la prescripción se interrumpe.
Un ejemplo: si un conductor tiene una infracción que fue considerada leve de 2020 y luego comete una falta grave en 2023, la multa de 2020 no prescribe.
FUENTE:AGENCIA NOTICIAS ARGENTINAS