DURANTE EL AISLAMIENTO
Mediante el Decreto Acuerdo Nº 1190, y ante la situación epidemiológica que atraviesa la provincia por el Covid 19, el Gobernador Gerardo Morales formalizó la ampliación de la cuarentena hasta el domingo 5 de julio, inclusive. El texto de dicho documento indica que la medida responde a la necesidad de proteger sanitariamente a todos los ciudadanos, quedando solamente habilitadas actividades consideradas esenciales por el Artículo 13º del Decreto Nacional 567/2.020, con las flexibilizaciones que disponga el Comité Operativo de Emergencia de la provincia.
En este contexto, el Gobierno de Jujuy adhirió al nuevo decreto Nacional de Necesidad y Urgencia 576/2020 que declaró nuevas actividades esenciales que quedaron autorizadas -con condiciones y estricto protocolo de bioseguridad aprobado por el COE- para funcionar a partir del pasado martes.
Las nuevas actividades esenciales son: establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos; oficinas de Rentas de la Provincia y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas; actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas; venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes, con modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo; laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo; ópticas con sistema de turno previo; y también aquellos establecimientos destinado a la atención de personas víctimas de violencia de género.