Buenos Aires,-Dos ex directivos de la empresa Ford, Pedro Muller y Héctor Sibila, fueron condenados ayer a penas de diez y doce años de prisión por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en la planta automotriz de General Pacheco, al igual que el represor Santiago Riveros, quien recibió una sentencia de 15 años de cárcel.
Así fue resuelto por el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín, a cargo del juicio oral y público, que produjo la primera condena contra una empresa trasnacional y la segunda contra civiles por su responsabilidad directa en crímenes de lesa humanidad.
Tanto Müller como Sibila recibieron 10 y 12 años de cárcel -respectivamente- por ser considerados responsables de las privaciones ilegales de la libertad de 24 obreros, cometidos además bajo la figura de abuso funcional agravado por el empleo de violencia y amenazas.
Por su parte, el ex general del Ejército Riveros fue condenado a 15 años de prisión e inhabilitación absoluta por haber realizado allanamientos ilegales, privaciones ilegales de la libertad, cometidos por abuso funcional, agravadas por el empleo de violencia y amenazas y tormentos agravados.
Este juicio, el primero en el que los trabajadores llegaron como un colectivo de víctimas, tiene como antecedente al que, en marzo del 2016, condenó al titular de la empresa La Veloz del Norte -Marcos Levin- por participar del secuestro y tormentos cometidos contra un trabajador y delegado gremial de la UTA y considerar que su intervención estuvo dirigida a deshacerse de delegados combativos y disciplinar a los operarios, aunque finalmente esa condena fue anulada por la cámara y apelada por la fiscalía.
Ayer, el tribunal integrado por los magistrados Osvaldo Facciano, Mario Gambacorta y Eugenio Martínez Ferraro, dispuso que los condenados cumplan sus penas en institutos del Servicio Penitenciario Federal, una vez que las condenas queden firmes en las instancias de apelación.
Los dos directivos de la empresa seguirán en libertad pero Riveros, quien al momento de los hechos era director de Institutos Militares y de quien dependía la guarnición Campo de Mayo, permanecerá detenido en función de otras condenas que tiene por otros delitos de lesa humanidad.
Este es un fallo trascendente, no sólo en el ámbito nacional, sino también en el plano internacional porque certifica la participación del empresariado en la implementación de la dictadura, que en sus inicios se dedicó a perseguir a las organizaciones gremiales y obreras porque eran las que dificultaban la imposición de su modelo económico, político y social, reflexionó, el abogado querellante por la Secretaría de Derechos Humanos de Nación, Ciro Annicchiarico.
Con su sentencia, los jueces reafirmaron el carácter imprescriptible de los delitos que se juzgaron y rechazaron a lo largo del proceso todos los planteos de nulidad presentados por la defensa de los acusados.