INDAGATORIAS EL 18 Y 19 DE AGOSTO
Según surge de la acusación fiscal, el juez de Instrucción de Causas Nº 1 Francisco Javier Aróstegui, desoyó ordenes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Cámara de Apelaciones y Control, en relación a la causa del secuestro de un bebé por parte de miembros de la organización social Tupac Amaru en 2011, y a las detenciones de Fabián Avila y Jorge Rafael Paez, por la causa de la balacera del barrio Azopardo, hecho ocurrido en 2007. El imputado Aróstegui deberá prestar declaración indagatoria el 18 y 19 de agosto próximo por ambos expedientes. En el primero de ellos está imputado como presunto autor de los delitos de Retardo malicioso de justicia e incumplimiento de los deberes de funcionario publico, previstos y penados por el Código Penal, como consecuencia del trámite que le impusiera al expediente N´ 398/2011, recaratulado Mercado Juan José, una persona de sexo femenino y dos personas de sexo masculino a establecer p.s.a. de privación ilegitima de la libertad agravado por el fin y por el numero de intervinientes en grado de tentativa; y Milagro Amalia Angela Sala p.s.a de privación ilegitima de la libertad agravado por el fin y por el numero de intervinientes en grado de tentativa en calidad de determinadora directa.
El citado expediente fue encontrado en el despacho del Dr. Aróstegui en el mes de mayo de 2016, el cual aparentemente no tenía trámite alguno desde el mes de setiembre del año 2011, y que en virtud de un decreto emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, le ordenaba al juez que instruyera la causa. Se trata del caso en el que miembros de organización Tupac Amaru habrían amenazado y tratado de apoderarse de un bebe, cuando su madre transitaba por avenida El Exodo y Urdininea.
En el segundo proceso se promovió acción penal contra Aróstegui por resultar supuesto autor de los supuestos delitos de Abuso de autoridad, prevaricato (dos hechos) en concurso real, denegación de justicia y encubrimiento calificado por la gravedad del delito anterior y en ocasión de su desempeño; por la tramitación manifiestamente irregular del expediente 2990/2006, caratulado: Avila, Fabián Alberto y Páez, Jorge Rafael p.s.a. de Tentativa de Homicidio Ciudad; recaratulado: Avila Fabian Alberto y Milagro Amalia Angela Sala p.s.a. de Tentativa de Homicidio Agravado por Precio o Promesa Remuneratoria en carácter de coautor; y Alberto Esteban Cardozo y Jorge Rafael Paez p.s.a. de Homicidio Simple en Grado de Tentativa.
Surge que la Cámara de Apelaciones y Control le ordenó mediante tres resoluciones que proceda a las inmediatas detenciones de Ávila y Páez, advertencias de órganos superiores jerárquicos a las que habría hecho caso omiso, hasta que tomó a su cargo el expediente el doctor Pullen Llermanos y se pudo detener a los imputados luego de un largo período en el que permanecieron sin rendir cuentas a la justicia.