Aróstegui desoyó a la Corte y a la Cámara de Apelaciones

INDAGATORIAS EL 18 Y 19 DE AGOSTO

  Según surge de la acusación fiscal,  el juez de Instrucción de Causas Nº 1  Francisco Javier Aróstegui, desoyó  ordenes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Cámara de  Apelaciones y Control, en relación a  la causa del secuestro de un bebé por  parte de miembros de la organización social Tupac Amaru en 2011, y  a las detenciones de Fabián Avila y  Jorge Rafael Paez, por la causa de la  balacera del barrio Azopardo, hecho  ocurrido en 2007. El imputado Aróstegui deberá prestar declaración indagatoria el 18 y 19 de agosto próximo por ambos expedientes.  En el primero de ellos está imputado como presunto autor de los delitos  de “Retardo malicioso de justicia e  incumplimiento de los deberes de  funcionario publico”, previstos y penados por el Código Penal, como  consecuencia del trámite que le impusiera al expediente N´ 398/2011,  recaratulado “Mercado Juan José,  una persona de sexo femenino y dos  personas de sexo masculino a establecer p.s.a. de privación ilegitima  de la libertad agravado por el fin y  por el numero de intervinientes en  grado de tentativa; y Milagro Amalia  Angela Sala p.s.a de privación ilegitima de la libertad agravado por el  fin y por el numero de intervinientes  en grado de tentativa en calidad de  determinadora directa”.

 El citado expediente fue encontrado en el despacho del Dr. Aróstegui  en el mes de mayo de 2016, el cual  aparentemente no tenía trámite alguno desde el mes de setiembre del año  2011, y que en virtud de un decreto  emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, le ordenaba al  juez que instruyera la causa. Se trata  del caso en el que miembros de organización Tupac Amaru habrían amenazado y tratado de apoderarse de un  bebe, cuando su madre transitaba por  avenida El Exodo y Urdininea.

 En el segundo proceso se promovió  acción penal contra Aróstegui por resultar supuesto autor de los supuestos delitos de Abuso de autoridad,  prevaricato (dos hechos) en concurso  real, denegación de justicia y encubrimiento calificado por la gravedad  del delito anterior y en ocasión de su  desempeño”; por la tramitación manifiestamente irregular del expediente 2990/2006, caratulado: “Avila,  Fabián Alberto y Páez, Jorge Rafael  p.s.a. de Tentativa de Homicidio  Ciudad”; recaratulado: “Avila Fabian Alberto y Milagro Amalia Angela Sala p.s.a. de Tentativa de Homicidio Agravado por Precio o Promesa Remuneratoria en carácter de  coautor; y Alberto Esteban Cardozo  y Jorge Rafael Paez p.s.a. de Homicidio Simple en Grado de Tentativa”.

 Surge que la Cámara de Apelaciones y Control le ordenó mediante tres  resoluciones que proceda a las inmediatas detenciones de Ávila y Páez,  advertencias de órganos superiores  jerárquicos a las que habría hecho  caso omiso, hasta que tomó a su cargo el expediente el doctor Pullen  Llermanos y se pudo detener a los  imputados luego de un largo período  en el que permanecieron sin rendir  cuentas a la justicia.


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