POR LAS CAUSAS QUE LA MANTIENEN DETENIDA
Luego de que la justicia federal se declarara incompetente, el Juzgado de Control N´ 4 habría rechazado una denuncia presentada por un grupo de legisladores kirchneristas y de Milagro Sala, en contra de los jueces y fiscales provinciales por privación ilegítima de la libertad y prevaricato al dictar medidas que afectaron presuntamente su condición de parlamentaria electa del Mercosur.
La decisión se habría conocido en los últimos días y en los fundamentos de la resolución se consideró que los jueces Raúl Gutiérrez, Gastón Mercau, Pablo Pullen Llermanos, y los fiscales Liliana Fernández de Montiel, y Diego Fernando Cussel, obraron todos dentro de las atribuciones y obligaciones que por ley se encuentran establecidas, no advirtiéndose situación alguna que signifique siquiera algún apartamiento, tanto a la normativa legal en vigencia como a los derechos y garantías establecidas, tanto por la Constitución Argentina, de la Provincia de Jujuy, Código Procesal Penal y normas internacionales.
En febrero de 2016, legisladores del Parlasur, entre ellos María Argentina Perie, Mario Alfredo Mestaza y Eduardo Valdez, con el asesoramiento legal de los doctores Damián Lorati, Pablo Llanto y Elizabeth Gómez Alcorta, se presentaron en el Juzgado Federal N´ 2 radicando denuncia contra la fiscal Liliana Montiel y los jueces Raúl Gutiérrez y Gastón Mercau. Al mes siguiente, Milagro Sala ingresó similar presentación, pero ampliándola al juez Pablo Pullen Llermanos y al fiscal Diego Fernando Cussel.
Sin embargo, la justicia federal derivó este año las actuaciones a la órbita provincial, declarándose incompetentes, motivo por el cual el expediente pasó a la Fiscalía de Investigación Penal N´ 3 a cargo del Dr. Carlos Enrique Farfán, quien en su momento emitió dictamen solicitando al Juzgado de Control N´ 4 la desestimación y archivo de la denuncia. Adujo el fiscal que Sala voluntariamente no acudió a jurar como integrante del Parlasur y que su detención jamás se ordenó en cumplimiento de un acto funcional en representación de la ciudadanía argentina, citando además el fallo de la Cámara Nacional Electoral por el caso Millman, un fallo de la Cámara de Casación Penal y de la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación que desestimó en su momento un recurso extraordinario federal, en cuanto a que no corresponde hacer extensivo a los miembros del Parlasur la inmunidad y privilegio previsto para los integrantes del Congreso Nacional.
Por el ello, el juez de control Dr. Isidoro Arzud Cruz, una vez colectado los elementos probatorios del expediente, compartió la opinión del fiscal Farfán, desestimando la denuncia en el sentido que los hechos denunciados no encuadran en figura penal alguna, correspondiendo el archivo de las actuaciones.
Respecto del supuesto prevaricato, no se advierte que los magistrados y funcionarios hayan actuado dolosamente, y sobre la supuesta privación ilegítima de la libertad, no existen elementos que determinen que los funcionarios y magistrados involcurados, hayan incumplido con las formalidades prescriptas para el procedimiento de detención.