Comienzo de un nuevo ciclo lectivo en pandemia

ENFOQUE Por Gustavo Lores *

Gustavo Lores

Gustavo Lores

Desde mediados del mes de marzo del año pasado y a partir del aislamiento físico establecido por razones sanitarias en todo el país, se interrumpió el funcionamiento del Sistema Educativo argentino tal como lo conocíamos hasta entonces.

Las sucesivas ampliaciones de la vigencia de las medidas que los gobiernos nacional, provinciales y de la ciudad autónoma de Buenos Aires tomaron a los efectos de preservar la salud de las ciudadanas y ciudadanos, único mecanismo efectivo hasta el momento para evitar el desborde de los contagios, fueron alejándonos de la costumbre de las clases presenciales.

 Luego del primer año, haber realizado una experiencia inédita de educación a distancia como mecanismo alternativo para sostener el vínculo no sólo entre docentes y alumnos sino también entre los cuerpos académicos y entre los estudiantes entre sí, resulta evidente la posibilidad y la necesidad de retomar las actividades presenciales.

 En este contexto cabe aclarar que la organización del Ministerio de Educación de la Nación contempla dos subsistemas. Por un lado, el que está a cargo de la Secretaría de Educación y que tiene que ver con los niveles inicial, primario y secundario, cuyo cursado es de carácter obligatorio para los alumnos, tal como lo establece el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional y el nivel terciario. 

Por otra parte, está el que se regula bajo la órbita de la Secretaría de Políticas Universitarias, que incluye a las Universidades e Institutos Universitarios Nacionales.

Con respecto al primer sistema, el gobierno de facto que asumió el poder en 1976, puso en marcha un plan de descentralización de las responsabilidades educativas desde la Nación a las provincias, a partir de un fuerte incentivo por parte del Ministerio de Economía. Obligatoriamente se transfirieron las escuelas primarias nacionales a las provincias.

 La segunda etapa de este plan se desarrolló entre 1990 y 1993, durante el gobierno del Presidente Carlos Menem. En esa década los problemas de cualquier índole pasaron a referirse a la necesidad de achicar costos, equilibrar cuentas y reducir déficit. 

Las diferentes esferas de la vida social comenzaron a pensarse en términos que les eran ajenos, provenientes del discurso económico basado en ideas de eficiencia y racionalidad.

 Es así como, tras un breve debate, se sancionó el 6 de diciembre de 1991 la Ley Nº 24.049 de "Transferencia de servicios educativos". El Estado Nacional se reservó el establecimiento de los contenidos básicos comunes, la evaluación de los resultados del sistema educativo, la implementación de programas compensatorios y la capacitación docente. 

 En cuanto a la participación de la comunidad en las decisiones, es bastante baja, con una marcada ausencia de la Escuela como actor importante en la toma de decisiones.

 Con esta organización escolar, queda a criterio de cada jurisdicción la operatividad del sistema y, actualmente, el retorno a la presencialidad. 

 En este sentido es muy interesante conocer la publicación del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), que está disponible en su página oficial, "El reencuentro en la vuelta a las clases presenciales: 5 desafíos, 5 propuestas". 

 Se desarrolla en cinco capítulos: 1. La salud y el reencuentro: cómo reconstruir el sentido de la escuela como un "lugar seguro"; 2. Los equipos y el reencuentro: cómo nos preparamos para recibir a la comunidad educativa; 3. Las emociones y el reencuentro: cómo elaborar las experiencias y las emociones que despierta el salir de casa; 4. Los aprendizajes y el reencuentro: cómo resignificar los aprendizajes construidos en la educación a distancia y 5. La comunidad y el reencuentro: cómo potenciar la relación entre escuela y comunidad.

 Un aspecto que señala el texto, es el papel fundamental que deberían asumir los equipos de conducción de cada Escuela frente al COVID-19, como clave para acompañar y orientar a los docentes, las familias y los estudiantes en este contexto de emergencia que se prolongará en el tiempo.

 El pasado 3 de febrero el Ministro de educación de la Nación se manifestó públicamente: "Será obligatorio (para los Docentes y Alumnos) ir a la escuela. De la presencialidad sólo quedarán exceptuados los docentes y alumnos que sean de riesgo." Remarcó también que "la vacuna (contra el Covid - 19) no es condición indispensable para la presencialidad. Lo que es condición indispensable para una presencialidad segura son los protocolos. La vacuna nos va a permitir intensificar la presencialidad".

 A partir de esta decisión política, en cada Escuela deberá ponerse de manifiesto la capacidad de los respectivos Directivos, la actitud proactiva de los Docentes y la confianza de los Alumnos y sus familias. 

 El caso de las Universidades es completamente diferente. La decisión de la presencialidad de las actividades académicas la determina cada institución. 

 La Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Jujuy, por ejemplo, definió que durante el primer cuatrimestre de 2021 se continúe con los aprendizajes y evaluaciones virtuales, con la excepción de aquellas actividades prácticas vinculadas con las disciplinas científico - tecnológicas que se dictan y cuya realización virtual resulte imposible, las que serán presenciales garantizando las condiciones de habitabilidad segura que diseña y monitorea un equipo de especialistas y profesionales de la Universidad Nacional de Jujuy.

* Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Jujuy

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