HASTA TANTO SE RESUELVA LA APELACIÓN DE LA CELESTE Y BLANCA
La interna del Partido Justicialista de Jujuy volvió a quedar en suspenso por una decisión de la Cámara Nacional Electoral. El tribunal resolvió hacer lugar a la queja presentada por la Lista Celeste y Blanca N° 2, conceder el recurso de apelación con efecto suspensivo y ordenar que se detenga el proceso electoral interno hasta que exista una decisión definitiva sobre la controversia.
La resolución fue dictada este jueves 27 de agosto por los jueces de la Cámara Nacional Electoral Alberto Ricardo Dalla Via, Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas, en el expediente iniciado por la Lista 2 contra la Resolución N° 22 de la Junta Electoral de la Intervención Judicial del PJ jujeño.
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La decisión tiene un efecto inmediato: "la elección interna que estaba prevista para el domingo 30 de agosto no puede continuar en los términos previstos mientras se sustancia y resuelve la apelación". La Cámara ordenó expresamente comunicar la decisión a la Junta Electoral para que suspenda el curso del proceso interno.
El planteo llegó a la Cámara luego de que el juez federal con competencia electoral, Esteban Hansen, rechazara el recurso presentado por la Lista 2 contra la resolución que había confirmado su no oficialización. La Junta Electoral había dejado fuera de la competencia a la Lista Celeste y Blanca mediante la Resolución N° 22/2026. Posteriormente, el juez Hansen rechazó el planteo de Rivarola y confirmó esa decisión, por lo que la Lista 2 quedó nuevamente relegada de la elección.
Frente a esa situación, los apoderados de la lista recurrieron en queja ante la Cámara Nacional Electoral para que se habilitara la apelación. Los camaristas concluyen que las circunstancias del caso "comprometen el método democrático interno del Partido Justicialista", lo que habilita excepcionalmente la intervención de la Cámara.
La Cámara no oficializó la Lista 2, pero tampoco permitió que quede afuera sin revisión. El fallo "no dispone la oficialización de la Lista Celeste y Blanca N° 2" ni resuelve todavía quién tiene razón sobre las observaciones efectuadas por la Junta Electoral. Lo que hace la Cámara es abrir la instancia de apelación para que esa discusión pueda ser revisada.