Se estableció un nuevo valor para el precio de gas en boca de pozo; instruyéndose además a ENARGAS, a efectuar una adecuación de las tarifas de los servicios públicos de Transporte y Distribución de gas.
A partir de dicha publicación se deja sin efecto la aplicación del cargo tarifario según Decreto 2067/08, denominado costo del gas importado, instruyendo al ENARGAS adoptar las medidas pertinentes a tal fin, quedando definido un único precio de gas natural para cada tipo de usuario.
Con estas acciones, el gobierno pretende en forma paulatina trasladar a la tarifa los costos reales del servicio de gas natural, manteniendo un esquema de subsidios para quienes realmente lo necesiten.