ANTE EL TRIBUNAL DE CASACION PENAL
La fiscalía a cargo de Darío Osinaga apeló el fallo del Tribunal Criminal N´2, que absolvió a Milagro Sala del delito de amenaza a dos policías con poner una bomba en la comisaría 56 de Alto Comedero, por aplicación del principio in dubio pro reo, pidiendo revocatoria de sentencia y condena a 4 años de prisión.
El juicio que concluyó con la absolución de Sala se desarrolló durante la segunda semana de diciembre y la sentencia fue leída el 18 del mes actual. El tribunal, integrado por los jueces Antonio Llermanos presidente de trámite-, Luis Ernesto Kamada y Mario Ramón Puig habilitado, votó en fallo dividido, los dos primeros a favor de Sala y el último en contra.
Los hechos, por el que juzgaron a Sala, habrían ocurrido el 13 de octubre de 2014, cuando la acusada les exigió la entrega de ropa y calzado secuestrada por la policía, a una mujer que ella conocía y que sería la dueña de los bienes. Ante la negativa de los funcionarios policiales, Milagro Sala los habría amenazado con poner una bomba y hacerlos volar.
Osinaga solicitó que se revoque la sentencia recurrida por ser la misma arbitraria por violar el debido proceso y se condene a Milagro Sala, a la pena de cuatro años de prisión por resultar penalmente responsable de los delitos por los que es acusada, o bien que se reenvíe para el dictado de una nueva sentencia conforme a estas razones y a derecho.
En la solicitud del recurso de casación, Osinaga analiza el fallo de Llermanos y de Kamada, criticando el voto de ambos por no haber tenido en cuenta las pruebas accesorias al relato de las víctimas y trata de arbitraria y antojadiza la argumentación de Llermanos respecto de que no existen pruebas independientes además de la versión de los denunciantes, citando fallos de la Corte y jurisprudencia previa.Además de sumar al argumento no sólo el relato de los testigos, el fiscal Osinaga expone ante la Cámara de Casación que el Tribunal no tuvo en cuenta que Sala, durante su declaración defensiva corrobora, casi en su totalidad, la versión de los denunciantes, como un elemento más en la acreditación de los hechos que conforman la acusación.
En efecto, si bien es cierto que la imputada ha negado de manera expresa haber expresado términos amenazantes en contra de los miembros de la fuerza de seguridad, no es menos cierto que en la declaración defensiva vertida en el debate ante el Tribunal Criminal, la acusada admitió la existencia de casi la totalidad de los extremos fácticos descriptos en la denuncia.En efecto, asumió haber mantenido comunicación telefónica con las víctimas en el día y en la hora en que éstos afirman haber recibido la amenaza telefónica.
También reconoció Sala que el motivo del llamado obedeció a tratar de obtener la entrega de unas prendas de vestir, y que uno de los llamados se hizo a través del Dr. Bellido, coincidiendo con la versión dada por los dos denunciantes.
Asimismo afirmó la imputada en el debate que ella siempre ha puteado y que le dijo a los policías que si querían retener las ropas, que se las regalaba. En este sentido ambas denuncias son contestes en describir insultos y faltas de respeto por parte de la imputada (puteadas) y el Oficial Vázquez dijo que Sala le refirió que las bombachas pueden quedársela para usted, su jefa, su mujer y todo el personal de la comisaría, coincidente con lo declarado por la acusada en el debate en cuanto afirma que les dijo a los policías que les regalaba las ropas.
Finalmente el fiscal manifiesta que Milagro Sala utilizó términos ante el Tribunal Oral idénticos a los términos que se le atribuyen en la denuncia:
La acusada Sala expresó en la segunda audiencia de debate, antes de que empezaran a deponer los testigos y en presencia del Tribunal que: Estos días van a tener noticias mías y después no vayan a llorar a un cajón, frase que fue reproducida en gran cantidad de medio gráficos de la Provincia y del País y que, inexplicable y llamativamente, no ha sido reflejada en el acta de debate.
Ahora bien, en la denuncia realizada por el Sr. Rubén Eduardo Vázquez el mismo refiere a fs. 3 vta. que la acusada le expreso que: Van a tener noticias porque voy a poner un bomba y voy a hacer volar a todos.
Es imposible no concluir que la imputada tiene incorporado como vocabulario habitual ante el anuncio de algún mal (tirar una bomba o quitarse la vida,) preceder dicho anuncio con la frase Van a tener noticias.
Esta decisiva circunstancia, marcada expresamente por la Fiscalía en los alegatos, fue omitida del análisis del Tribunal a la hora de fundamentar la sentencia absolutoria, trayendo como consecuencia inexorable un fallo arbitrario.