Confirmaron ingreso de apelación a la sentencia que absolvió a Sala

ANTE EL TRIBUNAL DE CASACION PENAL

  La fiscalía a cargo de Darío Osinaga apeló el fallo del Tribunal Criminal N´2, que absolvió a Milagro Sala  del delito de amenaza a dos policías  con poner una bomba en la comisaría  56 de Alto Comedero, por aplicación  del principio “in dubio pro reo”, pidiendo revocatoria de sentencia y  condena a 4 años de prisión.

 El juicio que concluyó con la absolución de Sala se desarrolló durante  la segunda semana de diciembre y la  sentencia fue leída el 18 del mes actual. El tribunal, integrado por los  jueces Antonio Llermanos presidente de trámite-, Luis Ernesto Kamada  y Mario Ramón Puig habilitado, votó  en fallo dividido, los dos primeros a  favor de Sala y el último en contra.

 Los hechos, por el que juzgaron a  Sala, habrían ocurrido el 13 de octubre de 2014, cuando la acusada les  exigió la entrega de ropa y calzado  secuestrada por la policía, a una mujer que ella conocía y que sería la  dueña de los bienes. Ante la negativa  de los funcionarios policiales, Milagro Sala los habría amenazado con  “poner una bomba y hacerlos volar”.

Osinaga solicitó que se revoque la  sentencia recurrida ‘por ser la misma  arbitraria por violar el debido proceso y se condene a Milagro Sala, a la  pena de cuatro años de prisión por  resultar penalmente responsable de  los delitos por los que es acusada, o  bien que se reenvíe para el dictado de  una nueva sentencia conforme a estas razones y a derecho‘.

 En la solicitud del recurso de casación, Osinaga analiza el fallo de  Llermanos y de Kamada, criticando  el voto de ambos por no haber tenido  en cuenta las pruebas accesorias al  relato de las víctimas y trata de “arbitraria y antojadiza” la argumentación  de Llermanos respecto de que no  existen pruebas independientes además de la versión de los denunciantes, citando fallos de la Corte y jurisprudencia previa.Además de sumar al argumento no  sólo el relato de los testigos, el fiscal  Osinaga expone ante la Cámara de  Casación que el Tribunal no tuvo en  cuenta que Sala, durante su declaración defensiva “corrobora, casi en su  totalidad, la versión de los denunciantes, como un elemento más en la  acreditación de los hechos que conforman la acusación.

En efecto, si bien es cierto que la  imputada ha negado de manera expresa haber expresado términos amenazantes en contra de los miembros  de la fuerza de seguridad, no es menos cierto que en la declaración defensiva vertida en el debate ante el  Tribunal Criminal, la acusada admitió la existencia de casi la totalidad  de los extremos fácticos descriptos  en la denuncia.En efecto, asumió haber mantenido  comunicación telefónica con las víctimas en el día y en la hora en que éstos afirman haber recibido la amenaza telefónica.

 También reconoció Sala que el motivo del llamado obedeció a tratar de  obtener la entrega de unas prendas de  vestir, y que uno de los llamados se  hizo a través del Dr. Bellido, coincidiendo con la versión dada por los  dos denunciantes.

Asimismo afirmó la imputada en el  debate que ella “siempre ha puteado”  y que le dijo a los policías “que si querían retener las ropas, que se las regalaba”. En este sentido ambas denuncias son contestes en describir insultos y faltas de respeto por parte de la imputada (puteadas) y el Oficial Vázquez dijo que Sala le refirió que “las bombachas pueden quedársela para usted, su jefa, su mujer y todo el personal de la comisaría”, coincidente con lo declarado por la acusada en el debate en cuanto afirma que les dijo a los policías que les regalaba las ropas”.  

Finalmente el fiscal manifiesta que Milagro Sala utilizó términos ante el Tribunal Oral idénticos a los términos que se le atribuyen en la denuncia:

“La acusada Sala expresó en la segunda audiencia de debate, antes de que empezaran a deponer los testigos y en presencia del Tribunal que: “Estos días van a tener noticias mías y después no vayan a llorar a un cajón”, frase que fue reproducida en gran cantidad de medio gráficos de la Provincia y del País y que, inexplicable y llamativamente, no ha sido reflejada en el acta de debate.

Ahora bien, en la denuncia realizada por el Sr. Rubén Eduardo Vázquez el mismo refiere a fs. 3 vta. que la acusada le expreso que: “Van a tener noticias porque voy a poner un bomba y voy a hacer volar a todos”.

Es imposible no concluir que la imputada tiene incorporado como vocabulario habitual ante el anuncio de algún mal (tirar una bomba o quitarse la vida,) preceder dicho anuncio con la frase “Van a tener noticias”.

Esta decisiva circunstancia, marcada expresamente por la Fiscalía en los alegatos, fue omitida del análisis del Tribunal a la hora de fundamentar la sentencia absolutoria, trayendo como consecuencia inexorable un fallo arbitrario‘.


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