La Cámara de Diputados refrendará el decreto oficial sobre la vacunación

LABOR PARLAMENTARIA DEFINIRÁ LA SESIÓN 

Durante la jornada de hoy la Comisión de Labor Parlamentaria de la Legislatura Provincial analizará y definirá si en las próximas horas se debate en sesión el decreto acuerdo 3768-S/2021 del Poder Ejecutivo que oficializa el anuncio realizado el domingo último por el gobernador Gerardo Morales, respecto a la obligatoriedad de la vacunación contra el coronavirus en la Administración Pública. Respecto al tema del carnet de vacunación para el transporte, será materia de otro abordamiento en los próximos días.

El diputado radical Santiago Jubert dijo ayer sobre el decreto del Poder Ejecutivo, "seguramente lo vamos a hacer en estos días", resaltando además que "cada decreto que se fue sancionando en todo el proceso de pandemia hemos adoptado la modalidad de darla la aprobación correspondiente". El diputado oficialista indicó que "lo que buscamos es fortalecer estas decisiones, acompañarlas y hacer que se vaya generando conciencia y responsabilidad".

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"Lo que tenemos que hacer es tomar conciencia que todos los ciudadanos tenemos que vacunarnos", enfatizó Jubert y señaló que "más allá de que ahora se haya implementado este decreto tiene que ser la responsabilidad ciudadana la que haga que vayamos combatiendo el virus y limitando las posibilidades de perder vidas".

A su vez, el secretario de Gobierno, Diego Rotela advertía, "quiero aclarar que se van a tener en cuenta contraindicaciones. Nadie va a salir a buscar gente por la calle para vacunarla contra su voluntad. Lo que se ponen son requisitos".

Conviene citar que el decreto acuerdo N° 3768-S/2021 establece en su art. primero: Dispónese la obligatoriedad de la vacunación contra el COVID-19, para todos los agentes dependientes de la administración pública provincial, entidades autárquicas, organismos centralizados y descentralizados, empresas y sociedades del estado, cualquiera sea su situación de revista y lugar en que se presten servicios".

En su art. segundo se establece: Invítase a la actividad privada en general de la Provincia, a adherir a la disposición establecida en el ARTÍCULO 1°, en especial, a los sistemas privados de salud, educación, seguridad, transporte público y privado, comercio, entidades civiles, deportivas y recreativas en general.

La normativa en su art. tercero dispone: El personal comprendido en el artículo 1° del presente, que no acredite haber recibido al menos una (1) dosis de cualquiera de las vacunas, salvo justificación por medio fehaciente e idóneo, no podrá asistir a prestar servicios a su lugar de trabajo, siendo su inasistencia injustificada, con la correspondiente pérdida de remuneración por día no trabajado. Por último, se invita a los poderes Legislativo y Judicial, Municipios y Comisiones Municipales, a adherir al presente Decreto Acuerdo.-

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