Buenos Aires,-La Cámara
Federal de Casación Penal anuló
ayer los fallos con los que habían
sido rechazadas las excarcelaciones
del ex ministro de
Planificación Federal, Julio De
Vido, y del ex secretario de coordinación
de esa cartera, Roberto
Baratta, en el marco de la causa
conocida como Cuadernos.
En el mismo fallo, la sala I del
máximo tribunal penal del país les
ordenó a los jueces de Tribunal
Oral Federal (TOF) 7, que dicten
una nueva resolución a la luz de
las nuevas normas que rigen la
aplicación de las prisiones preventivas,
indicaron fuentes judiciales.
Los jueces Ana María Figueroa,
Diego Barroetaveña y Daniel
Petrone coincidieron en que correspondía
analizar la posibilidad
de aplicar medidas menos coercitivas
que el encarcelamiento preventivo
pero que de todas formas
aseguren el correcto desarrollo
del proceso judicial.
La prisión preventiva produce
efectos que no podrían ser reparados
en la sentencia final, fue
el criterio con el que los jueces
entendieron que correspondía tratar
los planteos en la Cámara de
Casación.
Entendemos que la norma citada
exige analizar si se verifican indicios
claros, objetivos y ciertos
que funden las presunciones de
fuga y entorpecimiento probatorio,
sostuvo el juez
Barroetaveña en su voto en relación
a la prisión preventiva de De
Vido.
El magistrado añadió que la correcta
inteligencia de la norma en
trato es asignarle el sentido eminentemente
procesal que posee,
por lo que, no obstante no se verifiquen
los supuestos previstos,
si luego de ponderarse íntegramente
los riesgos procesales es
posible sostener que el arresto
domiciliario resulta suficiente para
que aquéllos puedan ser neutralizados,
la adopción de esa medida
debe ser tomada en consideración.
Por su parte, la jueza Figueroa
sostuvo que en todo Estado de
Derecho en una sociedad democrática,
resulta intolerable que
con ritualismo y rigorismo formal
no se aborde el tratamiento de instituciones
esenciales de la libertad
y se abuse en el uso de las
prisiones preventivas, violando
normas constitucionales y convencionales
que rigen la materia,
máxime cuando en el caso sometido
a control jurisdiccional se ha
dado cuenta de manifiestas arbitrariedades.
Al ex ministro y ex diputado De
Vido ya le fue otorgada la prisión
domiciliaria en el marco de otra
causa, una que investiga aparentes
irregularidades en el manejo
de fondos públicos destinados a la
mina de Rio Turbio, mientras que
Roberto Baratta no tiene otras prisiones
preventivas.