La Corte Suprema de Justicia de la Nación no hizo lugar al recurso de hábeas corpus presentado por abogados de la defensa de Milagro Sala que buscaban revertir la decisión del juez Pablo Pullen Llermanos de revocar la prisión domiciliaria y enviarla al Penal Federal de General Guemes, Salta.
Los letrados habían considerado como arbitraria la decisión del magistrado, y ahora deberá expedirse el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, dada la competencia del hecho en cuestión.
En su resolución, el máximo órgano justiciable de la Argentna, consideró, dado que el art. 8 de la Ley 23898 dispone que cuando el acto lesivo emana de autoridad en territorio nacional o provincias, resultan competentes para intervenir en estas acciones, los jueces de sección -según las reglas que rigen su competencia territorial-, pasen las actuaciones a tramitar al Juzgado Penal en turno en la materia en la jurisdicción de San Salvador de Jujuy.
Sigue diciendo el fallo, a tal fin remítanse las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia de Jujuy para que, por su intermediario, se cumpla lo dispuesto.
De esta forma, la dirigente social deberá continuar en la unidad carcelaria de Guemes, hasta que haya pronunciamiento en primera instancia de un juez y luego del Superior Tribunal de Justicia si así recurrieran los abogados.