CUMPLIRA LA PRISION DOMICILIARIA ORDENADA POR LA CORTE
En el límite del plazo ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y lo dispuesto por la Corte IDH, el juez de Instrucción de Causas Ley 3584, Dr. Pablo Pullen Llermanos, resolvió ayer mantener la vigencia de la prisión preventiva que viene cumpliendo Milagro Amalia Ángela Sala, en los expedientes 2990/12 y 18487/16, y ordenó el cambio de lugar de cumplimiento de la misma al inmueble ubicado en calle El Picaflor del loteo Villa Parque La Ciénaga del Departamento El Carmen.
La derivación se cumplió ayer pasada las 14:30 desde la Unidad Penal N´ 3 de Alto Comedero, una vez que los abogados defensores de la dirigente confirmaran que el inmueble indicado se encontraba nuevamente en condiciones para tal fin.
En cuanto a la custodia perimetral del inmueble, el juez ordenó que sea a cargo de personal de Gendarmería Nacional, que deberá rendir informe escrito ante el Juzgado en forma mensual respecto del desarrollo del régimen de privación de libertad, así como informar de inmediato toda situación que ponga en riesgo el normal cumplimiento de la medida y/o la seguridad de la procesada.
A los fines de preservar la intimidad de la prevenida en el interior del inmueble, el juez ordenó al personal de Gendarmería Nacional que se limite la utilización del sistema de monitoreo a través de las video cámaras instaladas alrededor de la propiedad inmueble, para la vigilancia perimetral exterior de la vivienda, y además se procure no colocar estructuras ni formaciones que posibiliten la visual del interior de la propiedad por parte del personal afectado al servicio de vigilancia.
Asimismo, estableció como reglas de conducta de cumplimiento obligatorio, con expreso apercibimiento de revocación inmediata de la modalidad de prisión preventiva establecida por la presente, entre ellas: 1) Ingreso y permanencia de familiares: podrán ingresar y permanecer en el inmueble de propiedad de la procesada, sin límite temporal, sus parientes consanguíneos y afines, hasta el cuarto y segundo grado respectivamente, como así también sus abogados defensores.
2) Ingreso de visitas: solo podrán ingresar al inmueble hasta cuatro personas a la vez y en el horario de 08:00 a 20:00, los días martes, jueves y sábados, con un límite máximo de veinte personas por cada día de visita, no aplicándose esta restricción a los familiares indicados en el punto anterior.
Tanto los familiares como las visitas, al ingresar al inmueble deberán someterse al control de requisa pertinente por parte del personal de custodia (ambos sexos), debiendo estas últimas dejar accesorios y aparatos electrónicos en el vehículo en el que se transportaren, o en el lugar que les será ofrecido al efecto por el mencionado personal.
En el caso de los familiares, se dejará constancia del ingreso de aparatos electrónicos, con indicación del número y empresa prestataria del servicio en el caso de los teléfonos celulares y/o tabletas que posean telefonía, lo cual deberá ser verificado por el personal de Gendarmería.