REINGRESO DE SALA AL PENAL
El juez Pablo Pullen Llermanos ratificó ayer que la dirigente social incumplió las condiciones para que su salud estuviera bien tutelada. y aseguró que el traslado se resolvió de manera legal y que en el Servicio Penitenciario tendrápa atención médica inmediata .
Asimismo, descartó que existan posibilidades de que Sala vuelva a ser trasladada a su mansión de El Carmen, más allá de planteos de la defensa o de organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), e informó que para aminorar el riesgo de cualquier ataque contra la dirigente, dispuso que permanezca alojada en una dependencia junto con la población carcelaria que ella desee.
Reiteró ayer que, su traslado al penal fue por el incumplimiento de unas de las condiciones impuestas relativa a la atención de su salud, detallando que a la dirigente se le hacía dos veces a la semana un control para chequear en qué estado de salud se encontraba, a cargo del departamento médico del Poder Judicial, y que de allí surgió la necesidad de tener que realizarle una serie de estudios, para ver si con una terapia medica podía salir delante de los cuadros que presentaba, vinculados a problemas estomacales, indicó.
De allí se consiguió que se dispusiera de todos los médicos y los aparatos para que se le realicen los estudios requeridos en un hospital de la capital provincial, además de diagramarse todo un operativo de traslado, y ella se negó a concurrir al nosocomio. Se ordenó que se la trasladara para hacerle los estudios para que su salud estuviera bien tutelada, ella incumplió y yo decidí que volviera al Servicio Penitenciario?, sostuvo el juez, quien agregó, Sala tiene que estar con atención médica inmediata, lo cual sólo tiene lugar en el Penitenciario.
En ese marco, también se refirió a pronunciamientos de la defensa y de la misma dirigente respecto de que había solicitado, dentro de sus derechos, atenderse en una clínica privada, señalando que, en el expediente nunca se presentó ningún pedido para ello. La detenida está bajo exclusiva responsabilidad del magistrado que la tiene privada de su libertad, entonces cualquier recurso que ella pudiera interponer al día de hoy no tiene ningún tipo de tratamiento exclusivo, la medida se debe cumplir porque yo entiendo que así garantizo mejor su salud e integridad física, sentenció.
Aclaró que el beneficio otorgado a Sala por más que todo el mundo se empeñe en simplificarlo y llamarlo prisión domiciliaria, en realidad es un cambio de modalidad del cumplimiento de la prisión preventiva hacia otro lugar.