FIN DE AÑO
Con el objetivo de proteger la salud y el bienestar de la comunidad, la Municipalidad de San Salvador de Jujuy recordó que se encuentra plenamente vigente la Ordenanza N.º 7458/2020, que prohíbe en todo el ejido urbano la venta, comercialización y el uso de pirotecnia sonora o cohetería de tipo explosiva.
La normativa tiene como finalidad principal resguardar a los sectores más vulnerables frente a los efectos del ruido excesivo, especialmente a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), adultos mayores, bebés y personas con hipersensibilidad auditiva. Asimismo, busca proteger a los animales, quienes sufren de manera significativa el impacto sonoro que generan estos artefactos.
Llamado a la responsabilidad durante las celebraciones
En el marco de las celebraciones de Fin de Año, desde el Municipio apelaron a la responsabilidad tanto de comerciantes como de vecinos, recordando que el consumo y uso de pirotecnia sonora está expresamente prohibido y que su utilización constituye una infracción a la normativa vigente.
Desde la comuna señalaron que el respeto de esta ordenanza es fundamental para garantizar festejos seguros, inclusivos y sin riesgos para la salud de la población.
Controles y canales de denuncia
Para asegurar el cumplimiento de la ordenanza, se llevan adelante controles permanentes a cargo del personal de la Dirección General de Control Comercial, dependiente de la Secretaría de Gobierno municipal.
Ante cualquier consulta o denuncia relacionada con la venta de pirotecnia sonora, los vecinos pueden comunicarse a través del WhatsApp de Control Comercial, disponible mediante el código QR oficial o al número 388 505 6424.
Celebrar con empatía
Finalmente, desde la Municipalidad de San Salvador de Jujuy se promueve una forma de celebrar más consciente y solidaria, destacando que festejar sin estruendos es una manera concreta de construir una ciudad más empática, respetuosa e inclusiva, donde el bienestar colectivo prime por sobre las prácticas que generan daño o exclusión.
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