Sala, más cerca del juicio por las amenazas a policías

TRAS EL RECHAZO A LA SUSPENSION DE JUICIO A PRUEBA

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Sala, más cerca del juicio por las amenazas a policías

  La dirigente social Milagro Sala se  encuentra cada vez más cerca de ser  enjuiciada en el marco de la causa  por las amenazas a policías de la Comisaría Seccional N´ 56 de Alto Comedero ocurrido en octubre de 2014,  luego de que el Tribunal en lo Criminal N´ 2 rechazara el recurso de la  suspensión de juicio a prueba o “probation” solicitada por sus defensores,  por lo que el cuerpo colegiado podría  fijar en los próximos días el inicio de  las audiencias de debate. En los fundamentos se cita el art. 76 bis del Código Penal que prevé la improcedencia de la suspensión “...cuando un  funcionario público, en el ejercicio  de sus funciones, hubiese participado  del delito”. Al momento de los hechos, Sala era diputada provincial.

 Así lo decidieron los jueces doctores Antonio Llermanos (presidente  de trámite), Luís Ernesto Kamada y  Mario Ramón Puig (habilitado), sobre quien está imputada como supuesta autora del delito de “Amenazas, dos hechos en concurso real”.

 Como se recordará, días antes del  inicio del juicio oral y público por los  hechos antes mencionados, la defensa técnica de Sala presento el pedido  de probation y posteriormente recuso  a los jueces Llermanos y Puig, lo que  ocasionó la suspensión de la primera  audiencia del juicio prevista para el 6  de septiembre pasado. Tras el rechazo de la recusación a Llermanos, el  Tribunal de juicio quedó integrado  definitivamente, y procedió entonces  a resolver el pedido de las abogadas  defensoras de Sala.

 Previo a expedirse sobre la petición, el Tribunal requirió opinión al  fiscal (habilitado), Dr. Darío Osinaga Gallacher, y al querellante, Dr.  Ricardo José Arese Ottaviano, quienes se opusieron a la pretensión de la  defensa con diferentes argumentos,  coincidiendo en la improcedencia  del otorgamiento del beneficio por  cuanto al momento de la comisión de  los hechos delictivos que se le atribuyen a Sala, la misma era funcionaria  pública en ejercicio como diputada  provincial.

 En los fundamentos del fallo, voto  del Dr. Llermanos al que adhirieron  sus pares, se expresa que quien desempeña una función pública se encuentra en una situación diferente a  quien no la ejerce, pues el ejercicio  de ella le confiere un poder con el  que no cuenta el habitante común.  Además dijo que la norma atrapa a  todo ilícito que pueda ser considerado eventualmente como un abuso de  poder en el desempeño de las legítimas funciones, atribuidas al funcionario público que se trate.

 Estimó también que la concesión  de la suspensión del juicio a prueba a  Milagro Sala frustraría la posibilidad  de dilucidar, en ese estadío procesal,  la existencia de hechos que prima facie han sido calificados como de  amenazas cometidas por un funcionario público. Asimismo, un eventual beneficio en ese sentido se tornarían de imposible cumplimiento  debido a su situación de privación de  la libertad, en otras causas penales.

 Tras la presente resolución, el Tribunal en lo Criminal Nº 2 estaría en  condiciones de fijar las fechas en que  se llevarán a cabo las audiencias del  juicio oral y público.


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