El artículo 1 del decreto 492/2016, publicado en el Boletín Oficial, establece como ingreso máximo para percibir el beneficio previsional los 60 mil pesos por familia, cuando hasta ahora era de 30 mil.
De todas formas, el artículo 2 aclara que la percepción de un ingreso superior a 30 mil pesos por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido en el artículo precedente.
En tanto, las asignaciones familiares por maternidad y por hijo con discapacidad no serán de aplicación los topes establecidos en el presente decreto, según la norma.