El fiscal habilitado en el Tribunal en lo Criminal N´ 2 Dr. Sergio Marcelo Cuellar, presentó el lunes un recurso de apelación ante el Tribunal de Casación Penal en contra de la sentencia que absolvió por el beneficio de la duda a la dirigente social Milagro Sala en el juicio por la causa conocida como Balacera de Azopardo, donde fuera herida de bala una menor de edad.
La medida es en contra de la sentencia en el Expte. Nº 687/17, caratulado: Fabián Avila; p.s.a. Homicidio agravado por precio o promesa remunerativa en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa; Milagro Amalia Angela Aala; p.s.a. Homicidio agravado por precio o promesa remunerativa en grado de tentativa y Alberto Esteban Cardozo p.s.a Homicidio simple en grado de tentativa. Ciudad (Expte. Nº2990/2012; FIP. Nº1 de Causas Ley 3584; JI Nº1 de causas Ley 3584 Sumario Policial Nº20565-A/17).
En los fundamentos, el fiscal acusador sostuvo que la sentencia es arbitraria porque prescinde de prueba decisiva e incurre en auto contradicción, valora inadecuadamente la prueba de cargo ventilada en el plenario, prescinde de la prueba de la culpabilidad de los encausados, no da razones ni justifica de su apartamiento, prescinde de partes de las declaraciones prestadas y demás elementos que tornan la sentencia en arbitraria, de aparentes fundamentos, sin justificación alguna, que demuestran arbitrariedad.
Cabe recordar que durante la audiencia de debate, uno de los testigos Pilo Mansilla, declaró que habían viajado a Córdoba por orden de la dirigente social, para llevar dinero a Avila, quien estaba oculto en esa provincia cuando era intensamente buscado por la policía. Además, mientras estaba en esa condición de prófugo, figuraba y cobraba beneficio como capacitador en el ámbito del Ministerio de Educación, conforme listado de las organizaciones sociales vinculadas a la Tupac Amaru. La Fiscalíá además acreditó cesión de un inmueble a su beneficio, horas antes de que se cometa aquel ataque del año 2007.
Cabe recordar que el pasado 27 de diciembre, el Tribunal Criminal N´ 2 condenó a Fabián Avila a 6 años y 6 meses de prisión, y absolvió a Milagro Sala y Alberto Cardozo, por el principio in dubido pro reo previsto en el Art.410 párrafo 3º del Código Procesal Penal (Ley 3584).
Conforme a algunos de los argumentos esgrimidos, el fiscal Dr. Sergio Marcelo Cuellar, solicitó al Tribunal de Casación Penal, cese la misma (sentencia), aplicando correctamente las normas de derecho sustantivo, condenando en grado de tentativa de Homicidio calificado por precio o prensa remunerativa para Fabian Alberto Ávila y Milagro Amalia Angela Sala; y demás para Ávila la de Homicidio simple en grado de tentativa por el hecho sufrido por Pamela Belén Soraya Centella en concurso ideal y se imponga pena de doce años de prisión con accesorias legales y costas.