Ratifican protocolo del uso de armas

Ratifican protocolo  del uso de armas

Ratifican protocolo del uso de armas

 Buenos Aires,-El juez federal de  Junín, Héctor Pedro Plou, rechazó un  recurso de amparo presentado por la  Asociación “Linqueños por los Derechos Humanos” contra el protocolo oficial de uso de armas de fuego  por parte de las fuerzas de seguridad  reafirmando su constitucionalidad e  imponiendo las costas del juicio a los  amparistas.
En su fallo, el juez entendió que “el  funcionario público al que el Estado  dota de un arma para cumplir sus  funciones, si se encuentra obligado a  usarla, no se defiende de una agresión ilegítima sino que cumple con  su deber de hacer cesar una agresión  o conjurar una situación de peligro,  independientemente de que lo involucre personalmente”.
Sostuvo también que la denuncia es  “parcial, arbitraria e inexacta” ya que  “ignora aquellas disposiciones que  contradicen su posición, aunque formen parte necesaria del articulado  que cuestiona”.
Para Clou, las especulaciones sobre  un peligro respecto del futuro accionar de las fuerzas de seguridad cuando apliquen el reglamento cuestionado no guarda relación con su contenido. “El reglamento respeta las  recomendaciones del Código de  Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, adoptado por la Asamblea General de la  Organización de las Naciones Unidas en su Resolución N´ 34/169, ajustándose tanto a su letra como a su espíritu”, aseguró el juez en su fallo.
Dijo que al analizar el reglamento  no pudo advertir dónde se encuentra  la contradicción con las normas supranacionales que ellos denuncian y  señaló que “el reglamento no contiene normas que afecten ilegítimamente los derechos a la vida y a la integridad física de los habitantes de  nuestro país”.
Alberto Sebastián Ghiorzi y Carolina Arrizabalaga, en representación  de la Asociación “Linqueños por los  Derechos Humanos”, con el patrocinio del doctor Gabriel Elías Eriberto  Ganon, habían interpuesto una acción contra el Ministerio de Seguridad de la Nación y su titular, Patricia  Bullrich, pidiendo que se declare inconstitucional e ilegal la Resolución  N´ 956/2018 que en su anexo estableció un reglamento general para el  empleo de armas de fuego por parte  de los miembros de las fuerzas federales de seguridad.
Con este fallo adverso, los denunciantes deberán abonarle los honorarios al del Dr. Geremías I. Mémoli,  representante del ministerio demandado, que la Justicia fijó en $100 mil.
El 21 de diciembre, la Sala III de la  Cámara de Apelaciones decidió suspender la resolución del juez porteño  Roberto Gallardo, quien había hecho  lugar a un recurso de amparo que  consideraba inconstitucional el nuevo protocolo de uso de armas.
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario había determinado que era “inaplicable” e “inconstitucional” la Resolución 956/2018,  que otorga a los uniformados una  mayor libertad para disparar ante un  “peligro inminente” en casos de delitos graves y persecuciones.
Además, había ordenado al Gobierno de la Ciudad que se abstuviera de  adherir al reglamento federal impulsado por el Poder Ejecutivo nacional.
De esta manera, Gallardo había fallado a favor de un recurso de amparo presentado por la legisladora porteña Myriam Bregman, la abogada  María del Carmen Verdú, de la Coordinadora contra la Violencia Policial e Institucional (CORREPI), y  Carla Laporte, referente de la lucha  contra el gatillo fácil.

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