A última hora de ayer, la Cámara de Diputados dio media Sanción a la Ley Micaela. Con 171 votos a favor y 1 negativa (el diputado Olmedo de Salta), se espera que el próximo miércoles, el Senado apruebe la ley que establece el Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres.
Este programa fue interpuesto por el presidente Mauricio Macri en el temario de las sesiones y establece la capacitación obligatoria en género para todas las personas que integren los tres poderes del Estado.
La ley lleva este nombre en honor a Micaela García, la joven que asesinaron en Gualeguay, en abril del 2017. Micaela fue asesinada por Sebastián Wagner que, aunque tenía antecedentes de violaciones, un juez lo benefició con libertad condicional.
PUNTOS CLAVES DE LA LEY MICAELA
1-Establecer la capacitación obligatoria en género para todas las personas que trabajen en cualquiera de los tres poderes del Estado.
2- Corresponderá al Instituto Nacional de las Mujeres (INAM), a cargo de María Fabiana Túñez, hacer aplicar la ley. Será también quien se encargue de formar directamente a las máximas autoridades del Estado en la temática.
3- En cada uno de los organismos estatales, las capacitaciones se harán en colaboración con sus propias oficinas de género, si ya las hubiera en funcionamiento. Para eso se crearán materiales y programas nuevos, o se adaptarán los existentes, de acuerdo a la normativa establecida por "las convenciones vinculadas a la temática de género y violencia contra las mujeres suscriptas por el país".
5- El INAM controlará la calidad de esos materiales y las capacitaciones deberán estar en funcionamiento dentro del año de puesta en vigencia de la ley.
6- Mediante su página web, el INAM (https://www.argentina.gob.ar/inam) publicará información pública respecto al grado de cumplimiento de las formaciones contra la violencia de género en cada uno de los organismos del Estado y realizará informes de seguimiento sobre su impacto. Se considerará como una "falta grave", pasible de una sanción disciplinaria, que algún empleado público se negase, "sin causa justa", a participar de las capacitaciones. (Fuente diario Perfil).