TRAS LA PRESENTACION DE LA DEFENSA DE SALA
En la presente semana podría expedirse el Tribunal que evalúa la recusación de la dirigente Milagro Sala en contra del juez Antonio Llermanos, luego de que quedara firme el cuerpo sin que la defensa hiciera otra presentación.
Es una de las decisiones previas que deberá cumplirse en el marco de la situación procesal de la líder de la Tupac Amaru, quien a horas de que se inicie el juicio oral por las amenazas a policías de la Comisaría Seccional 56, planteó una serie de impugnaciones.
La primera, un recurso de nulidad, la segunda, el pedido de suspensión de juicio a prueba, luego la recusación al juez Llermanos y por último, otra recusación al juez Mario Puig para integrar el cuerpo que debía expedirse sobre la objeción a Llermanos.
Pues bien, un tribunal rechazó la recusación de los abogados de Sala considerando que la misma era improcedente atento a que el objetado hace caso 25 años se desempeña en la justicia abandonando la actividad política. Empero, la defensa hizo reserva de acudir a Casación Penal..
No obstante ello y en razón de la economía procesal previsto en la jurisdicción, ese mismo cuerpo se abocó a evaluar la situación de Llermanos, cuyo decisorio se podría conocer en el transcurso de la presente semana
Se trata de los magistrados Luis Kamada (presidente de trámite), María Alejandra Tolaba y Gastón Mercau, quienes en la presente semana podrían expedirse sobre recusación a Llermanos.
Una vez conocida la resolución y en caso de ratificarse al magistrado, el Tribunal en lo Criminal deberá abocarse a evaluar el pedido de la probation o suspensión de juicio a prueba.
Este recurso, informalmente significa un reconocimiento de los hechos endilgados en el expediente 59/17 Sala de Noro, Milagro Amalia Angela: Amenazas (Dos hechos en concurso real). Ciudad, más allá de las interpretaciones jurídicas que exponga la defensa.
El Ministerio Público de la Acusación Fiscal había solicitado pronto despacho en las causas que involucran a Sala, sosteniendo lo concreto sería esclarecer definitivamente la situación procesal de Sala, lo que sólo puede ser llevado a cabo luego de un juicio oral y público.