POR IMPERTINENTE Y EXTEMPORANEA
El Tribunal integrado por los jueces doctores Luís Ernesto Kamada (presidente de trámite), María Alejandra Tolaba y Gastón Mercau (los dos últimos habilitados), resolvió no hacer lugar a la recusación presentada por la defensa de Milagro Amalia Ángela Sala en contra del Dr. Mario Ramón Puig como integrante del Tribunal que debe juzgar la recusación deducida por la misma defensa en contra juez Antonio Llermanos.
Ello en el marco del trámite del expediente principal, caratulado Sala de Noro, Milagro Amalia Ángela p.s.a de amenazas (dos hechos en concurso real), cuyo inicio de juicio oral y público, previsto para el pasado 6 de septiembre del corriente año, fue suspendido ante una presentación realizada por los abogados defensores de Sala.
Sobre el particular, cabe recordar que a horas del inicio de la primera audiencia del juicio a Milagro Sala en el Tribunal en lo Criminal Nº 2, integrado por los jueces Antonio Llermanos -presidente de trámite-, Luís Kamada y Mario Puig, la defensa técnica solicitó la suspensión del juicio a prueba y luego recusó al presidente del citado Tribunal enjuiciado, quien antes les había rechazado dos recursos y que buscaban dilatar el inicio del juicio.
Ante esta última presentación, se suspendió el comienzo del juicio y se integró un nuevo Tribunal, con los jueces Kamada, Puig y Tolaba, al solo efecto de resolver la recusación contra el Dr. LLermanos. Sin embargo, los abogados defensores de Sala recusaron al Dr. Mario Puig, pretensión que ayer fue rechazada, tras realizarse la audiencia prevista en el art. 84 del Código Procesal Penal de la Provincia, de la que participaron el juez recusado y los abogados defensores Luís Paz y Paula Álvarez Carreras.
Entre los principales fundamentos del pronunciamiento del Tribunal, voto del Dr. Luís Kamada al que adhirieron los magistrados Tolaba y Mercau, se rechazó la recusación por considerar a la misma impertinente y extemporánea. En ese sentido, el Dr. Kamada sostuvo que el cuestionamiento abreva en la identidad política del juez recusado, y considero que este reproche deviene, además de tardío, según ya se dijera, improcedente, toda vez que, como lo señalara el Dr. Puig al informar al respecto, hace más de veinte años que ejerce su función como magistrado, sin que esa calidad haya dado sustento a reprobación alguna a lo largo de su trayectoria en la judicatura.
Por lo demás, aseveró el Dr. Kamada, las circunstancias inherentes a la coyuntura política en las que la defensa hace descansar su pretensión no pueden hacer perder de vista que el Dr. Puig es juez de la Provincia mucho antes que el caso que se ventila en la causa principal haya siquiera iniciado su proceso de denuncia e investigación.
A ello debe añadirse que su avocamiento obedece, no a una caprichosa decisión adoptada inconsulta y unilateralmente por alguien ajeno a este Poder Judicial sino, al orden de subrogancia actualmente vigente, que si bien se ha visto limitado por la existencia de numerosas vacantes en este fuero e instancia, ha sido rigurosamente observado para constituir el Tribunal, concluyó el magistrado.
Sala está acusada como supuesta autora del delito de amenazas, dos hechos en concurso real, cuando el 13 de octubre de 2014 a horas 22.30 y 22.50 aproximadamente, cuando amenazó telefónicamente a dos oficiales de la Comisaría Seccional Nº 56 de Alto Comedero, de colocarles una bomba y hacerles volar a la m.... No se descarta que la defensa plantee una apelación al decisorio del Tribunal.