EN LA CAUSA BALACERA DE AZOPARDO
La Cámara de Apelaciones y Control en lo Penal rechazó el recurso de apelación interpuesto por la dirigente Milagro Sala y en consecuencia, confirmó la prisión preventiva dictada por el Juzgado de Instrucción de Causas N´ 2, en el marco de la causa conocida como Balacera de Azopardo. Por el hecho ocurrido en el año 2007, resultó herida de bala una menor de edad.
El Dr. Luis Hernán Paz, abogado de Sala, interpuso un recurso de apelación a la resolución dictada por el juez Dr. Pablo Pullen Llermanos, el pasado 5 de diciembre de 2016. En dicha resolución, el juez dictó auto de procesamiento a Sala como supuesta autora responsable del delito de Homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria en grado de tentativa, y convirtió en prisión preventiva la detención de la misma; ello como consecuencia de la investigación de un hecho delictivo que ocurrió en el año 2007 en el barrio San Francisco de Alava (ex Azopardo).
Además se conoció que la confirmación del procesamiento también alcanzó a Fabián Ávila y Alberto Beto Cardozo. Todos ellos detenidos bajo la prisión preventiva. La calificación legal que pesan sobre Sala y Ávila son por el delito de Homicidio calificado, mientras que el de Cardozo es por Homicidio simple, todos ellos en grado de tentativa.
El juez Pablo Pullen Llermanos indicó que el procesamiento de Sala por Homicidio en el grado de tentativa calificado por precio o promesa remuneratoria, es un delito severamente penado que, consumado, tiene una pena de prisión perpetua.
En esta causa también estaba implicado Jorge Paez, quien estuvo junto a Avila en la balacera ocurrida entre las calles Zenta y Bayo, pero fue sobreseído. Su testimonio fue crucial para el dictado de la resolución del juez Pullen Llermanos.
El fallo de la Cámara de Apelaciones de Jujuy constituye el segundo revés para Sala en ese tribunal, que en marzo pasado ya había ratificado su procesamiento por Lesiones graves agravado por el número de personas intervinientes en la causa del dirigente fallecido César Lucas Arias, en 2006, instancia que también dictó falta de mérito a favor del ex ministro de Infraestructura Luis Cosentini, quien inicialmente estaba imputado por Encubrimiento al no denunciar los graves incidentes ocurridos en el edificio de avenida Santibañez.
El tribunal de la Cámara de Apelaciones que falló sobre el recurso de Sala, estuvo integrado por los magistrados Emilio Carlos Cattan (presidente de trámite habilitado), Néstor Hugo Paoloni y Luís Ernesto Kamada (habilitado). Este último votó en disidencia. El dictamen puede ser recurrido en instancia superior.
Mientras que el fiscal de la Cámara, por habilitación, el Dr. Marcelo Cuellar, al contestar el traslado del recurso, solicitó se rechace el mismo por carecer de sustento probatorio, fáctico y jurídico por tratarse de una discrepancia formal con los fundamentos legales contenidos en la resolución atacada.