Rafecas niega a reabrir la denuncia de Nisman

CONTRA LA EX PRESIDENTA POR AMIA

Rafecas niega a reabrir la denuncia de Nisman

Rafecas niega a reabrir la denuncia de Nisman

Rafecas sostuvo que “las dos cuestiones que aquí viene a presentar la DAIA en su escrito, lejos de cambiar el parecer del suscripto en este asunto, lo refuerzan, pues en definitiva revelan una ausencia de reales elementos de prueba que vengan a poner en tela de juicio las afirmaciones antes desarrolladas”.

Se trata de la conversación que mantuvieron el ex canciller Héctor Timerman y el dirigente comunitario Guillermo Borger, y del planteo en torno sobre que la consultoría jurídica de la Cancillería no había sido consultada para participar de la confección del Memorándum con Irán tendiente a esclarecer el ataque que dejó 85 muertos.

Con los mismos argumentos, la DAIA también se presentó en el juzgado de Claudio Bonadio, junto a familiares de las víctimas de AMIA.

Allí se investiga una denuncia de “traición a la patria” contra la ex presidenta Fernández de Kirchner, Timerman y también los legisladores que votaron el Memorándum. En ese expediente el fiscal Eduardo Taiano pidió reabrir la denuncia contra la ex jefa de Estado que formuló Nisman cuatro días antes de aparecer muerto de un balazo en la cabeza en el baño de su departamento en Puerto Madero.

Ayer, Rafecas insistió en desestimar la reapertura de la denuncia impulsada por el fiscal Gerardo Pollicita tras la muerte del titular de la UFI AMIA y afirmó que otras dos instancias superiores, las cámaras Federal y de Casación, ratificaron el cierre del caso.

Al analizar el pedido de la DAIA, Rafecas afirmó que de “la conversación telefónica entre el ex Canciller Timerman y el dirigente comunitario Guillermo Borger, lo único relevante a los efectos de esta causa es que el primero de los nombrados le atribuye a Irán la responsabilidad de haber colocado el explosivo en la sede de la AMIA en 1994, esto es, una afirmación, en términos coloquiales, de la postura que la República Argentina ha venido sosteniendo oficial y públicamente” desde 2006.

Y añadió que “francamente entonces, no se advierte en qué esta conversación puede poner en jaque el sólido edificio fáctico y jurídico, que se evidencia en esta causa, consolidado en las tres instancias penales”.

“Para colmo, con respecto a una conversación de carácter privado que, conforme las declaraciones públicas de ambos interlocutores, conspicuos representantes de la comunidad judía argentina, habría sido grabada por terceras personas”, agregó.

Rafecas dijo que “tanto en la resolución de desestimación de primera instancia, como -especialmente- en la decisión del Superior, ha quedado bien en claro que la cuestión de la declaración de inconstitucionalidad del Pacto con Irán fue tenido muy en cuenta para desarrollar los argumentos tendientes a desechar la denuncia del Dr. Nisman y por lo tanto, el mero dato de que dicha inconstitucionalidad adquirió firmeza, no viene más que a reafirmar aquellos argumentos en tal sentido”.

“Con más razón, al reparar en que la misma Sala de la Excma. Cámara Federal que ha confirmado el fallo de desestimación de la denuncia del Dr. Nisman, es la misma que, dos años antes, revocó el fallo del juez de grado y fundamentó y declaró la citada inconstitucionalidad del Pacto con Irán, de modo que no se puede advertir en este ‘nuevo hecho’ que presenta la DAIA, nada que vaya a modificar lo ya decidido”.

Agregó que “al contrario, lejos de constituir un argumento en contra de lo decidido en esta causa, constituye un argumento en su favor, pues cierra definitivamente la posibilidad fáctica de activar la ‘Comisión por la Verdad’ que figuraba en la letra del convenio, sellando entonces la suerte de aquel otro argumento, ya desechado, de la denuncia original”.


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