Rechazan apartamiento de militar imputado en la causa Tumbaya

LESA HUMANIDAD

  El Tribunal Oral Federal (TOF) de  Jujuy rechazó el pedido de apartamiento del imputado José Eduardo  Bulgheroni, ex teniente y agente de  inteligencia, quien fue sometido a un  pericia forense, la cual determinó  que el acusado “maneja un aceptable  principio de la realidad” por lo que  debe seguir siendo investigado en la  causa por torturas contra 17 militantes jujeños del Partido Comunista,  nueve de ellos desaparecidos.

 El juicio actualmente en desarrollo  corresponde a la causa denominada  “Nuna Puka” (almas rojas) por la militancia en el Partido Comunista de  las 17 víctimas, la mayoría de la localidad de Tumbaya -ubicada a 45  kilómetros al norte de San Salvador  de Jujuy- y los restantes en la capital  jujeña, secuestrados entre agosto y  diciembre de 1976.

 El pasado jueves, el TOF dio a conocer el informe médico forense realizado al militar, practicado por un  total de cuatro profesionales, sin  contar con los peritos de la defensa  antes notificados. Las resoluciones  del informe elaborado destacan que  el acusado se presenta con “la actitud  necesaria para comprender y dirigir  sus acciones”, a la vez que respondió  “afirmativamente a todos los puntos  de la pericia”, por lo que “maneja un  aceptable principio de la realidad”.

 Esto llevó tanto a las querellas como al fiscal del Ministerio Público a  solicitar que se rechace el pedido de  apartamiento del enjuiciado.

También las querellas apuntaron  contra el abogado defensor de Bulgheroni, Carlos Rodríguez Vega, al  solicitar la revisión de sus actuaciones ante el Tribunal de Ética del Colegio de Abogado de Jujuy, indicando que fue “quien provocó la dilación de las audiencias”, del debate en  la presente causa.

 Sobre ese pedido el Tribunal resolvió no hacer lugar, porque entendió  que el abogado defensor actuó bajo  las leyes vigentes, aunque tampoco  permitió que se amplíen los plazos  para que el informe forense sea revisado por peritos ofrecidos por la defensa.

 El abogado defensor de Bulgheroni, sostuvo que su defendido padece  un cuadro de inestabilidad psiquiátrica y emocional y entonces  -argumentó- tenía “su salud mental y  física comprometida”.

 El reciente informe pericial dictamina que el imputado puede “controlar su conducta; relacionarse y encausar sus propias respuestas; comprender las consecuencias de sus  actos, comprender el proceso judicial  y el papel de los diferentes participantes”.

 El TOF entendió que “no existe  obstáculo médico legal para que el  nombrado (Bulgheroni) continúe el  proceso judicial”, a la vez que se garantizó “su derecho de defensa por lo  que no corresponde hacer lugar a su  separación”.


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