Obligan a senadores a informar sus dietas y fondos asignados a bloques

El Senado de la Nación deberá difundir las dietas de sus miembros y los fondos asignados a cada bloque parlamentario durante varios períodos durante la gestión presidencial de Cristina Fernández de Kirchner, según lo resuelto por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

Distintas ONG habían solicitado que se suministraran esos datos desde el 2011 hasta el 2013, pero los senadores se opusieron bajo el argumento de que eran datos personales que se debían “preservar”, y, cuando respondió la demanda, afirmó que se trataba de una cuestión “no judiciable”.

No obstante, la Sala IV de la Cámara coincidió con la jueza de primera instancia María Sarmiento y rechazó la apelación del Senado contra el fallo dictado en la demanda promovida por las fundaciones Poder Ciudadano y Directorio Legislativo, la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y la Asociación por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).

Mediante una acción de amparo, las demandantes reclamaron que, ponderando lo que calificaban como “información pública”, se den a conocer las remuneraciones de los integrantes de la cámara alta y el dinero que se le asigna a cada bloque.

El Senado Nacional respondió que “el derecho a la información tiene un límite natural que es el derecho a la preservación y no divulgación injustificada de datos referidos a las personas” y agregó que otros datos pueden consultar en el sitio oficial de Internet de la Cámara alta.

El fallo confirmado entendió que “el acceso a la información constituye un derecho fundamental en una sociedad democrática, porque permite el control de las actividades de gobierno, facilita la participación política y fortalece el ejercicio de otros derechos humanos”.

En ese entonces, julio de 2015, la jueza había argumentado que, como lo indicó la Corte Suprema, “la negativa a brindar información constituye un acto arbitrario e ilegítimo en el marco de los principios de una sociedad democrática, e implica una acción que recorta en forma severa derechos que son reservados a cualquier ciudadano”.

El fallo de la Sala IV que ratificó la sentencia de primera instancia fue firmado por los camaristas Marcelo Duffy, Rogelio Vincenti y Jorge Morán.


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